I.

La teoría económica convencional enseña que la fijación de un salario mínimo, que el Gobierno impone por arriba del salario de equilibrio, al que se iguala la cantidad ofrecida con la demanda de trabajo, genera una mayor cantidad ofrecida de trabajo de parte de los trabajadores (les resulta más atractivo, dado el mayor salario que se les pagará, ofrecer trabajo), y una menor cantidad demandada de trabajo de parte de los empleadores (les resulta menos atractivo, dado el mayor salario que pagarán, demandar trabajo), por lo que la fijación de un salario mínimo, y su aumento, no beneficia a todos, sino a los que sí consiguen empleo.

En los últimos cinco años, éste ha sido el aumento al salario mínimo en México: 2019, 16.2%; 2020, 20.0%; 2021, 15.2%; 2022, 22.0%; 2023, 20.0%, muy por arriba de los que se concedía en sexenios anteriores. Por ejemplo, durante los primeros cinco años del sexenio de Peña Nieto estos fueron los aumentos al salario mínimo: 2013, 3.9%; 2014, 3.9%; 2015, 4.2%; 2016, 4.2%; 2017, 9.6%. Aumento promedio 2013 – 2017: 5.16%. 2019 – 2023: 18.68%, 13.15 puntos porcentuales más, el 262.02%.

Apegados a la teoría económica convencional, algunos economistas pronosticaron que tales aumentos al salario mínimo, los concedidos entre 2019 y 2023, ocasionarían desempleo. ¿Fue el caso? Revisemos las cifras. En 2018, antes del inicio de la 4T, la tasa de desempleo fue 3.33% de la Población Económicamente Activa, PEA, compuesta por los mayores de 15 años que buscan trabajo sin encontrarlo. En 2019, con un aumento el salario mínimo de 16.2%, fue de 3.50% de la PEA. En 2020, el año de la recesión, con un aumento al salario mínimo de 20.0%, fue de 4.43%. En 2021, el año en que comenzamos a salir de la recesión, con un aumento al salario mínimo de 15.2%, fue de 4.15% . En 2022, el año en el que salimos de la recesión, con un aumento al salario mínimo de 22.0%, fue del 3.32%. Durante el primer semestre de 2023, con un aumento al salario mínimo de 20.0%, la tasa de desempleo fue del 2.75%.

En cinco años, de 2019 a 2023, de aumentos sustanciales al salario mínimo, sólo en dos, 2019 y 2020, aumentó la tasa de desempleo, en el primero de 3.33% a 3.50% de la PEA, 0.17 puntos porcentuales, 5.11%; en el segundo, de 3.50% a 4.43%, 0.93 puntos, 26.57%, efecto, sobre todo, del Covid, de la recesión, del cierre parcial de la economía en abril y mayo de aquel año, no tanto del aumento salarial.

En lo que va del 2023 ésta ha sido la tasa de desempleo: enero, 3.0% de la PEA; febrero, 2.7%; marzo, 2.4% (mínimo histórico mensual); abril, 2.8%; mayo, 2.9%; junio, 2.7%.

¿Por qué no se cumplió lo que establece la teoría económica convencional? Porque lo que llamamos salario mínimo no es, estrictamente hablando, un salario que el gobierno imponga por arriba del salario de equilibrio, para lo cual tendría que considerar cada uno de los cientos de mercados laborales distintos que existen, y establecer un salario mínimo para cada uno. No, lo que llamamos salario mínimo es la mínima remuneración que, según la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, debe ganar un trabajador para que se cumpla lo establecido en el artículo 123 constitucional. Además, muy importante, hay que considerar la banda de fluctuación del salario. Continuará.

II.

La teoría económica convencional afirma que la imposición de un salario mínimo, por arriba del de equilibrio, ocasiona una mayor cantidad ofrecida de trabajo de parte de los trabajadores y una menor cantidad demandada de trabajo de parte de los empleadores, por lo que su fijación y aumento no beneficia a todos, sino sólo a quienes consiguen empleo, teoría económica convencional que ha sido contradicha por la realidad.

En lo que va del sexenio, frente a sexenios anteriores, los aumentos al salario mínimo han sido considerables: durante los primeros cinco años del sexenio de Peña Nieto el aumento promedio anual al salario mínimo fue 5.16%; durante los primeros cinco de la 4T fue 16.68%. Durante los primeros cinco años del sexenio de Peña Nieto la tasa de desempleo promedio anual fue 4.20% de la Población Económicamente Activa. A lo largo de los cinco primeros de la 4T, recesión del 2020 incluida, fue 3.64%. Mayores aumentos salariales y menor tasa de desempleo, contradiciendo a la teoría económica convencional. ¿Por qué?

Además de lo explicado al final del anterior Pesos y Contrapesos, al que remito a mis lectores, hay que tomar en cuenta la banda de fluctuación del salario, un caso concreto de la banda de fluctuación de los precios, salario que es el precio del trabajo, banda de fluctuación que ya aparece en La riqueza de las naciones de Adam Smith, en 1776.

Los precios se establecen dentro de los límites de una banda de fluctuación, cuyo límite superior está dado por el máximo precio (que no hay que confundir con un precio máximo impuesto por el gobierno), al que el comprador está dispuesto a comprar, y el inferior por el mínimo precio (que no hay que confundir con un precio mínimo impuesto por el gobierno), al que el vendedor está dispuesto a vender. Cualquier precio dentro de la banda es un precio de equilibrio, que iguala la cantidad demanda con la ofrecida.

En el caso del salario el límite superior de la banda de fluctuación está dado por el máximo salario al que el empleador está dispuesto a contratar (supongamos $20), y el inferior por el mínimo salario al que el trabajador está dispuesto a contratarse ($10). El salario se ubicará entre $10 y $20, supongamos $15.

Supongamos que con el fin de ayudar al trabajador el gobierno impone un salario mínimo, por arriba del precio de mercado, en este caso $15, de $18, por abajo del cual ningún empleador debe contratar. Según la teoría económica este salario mínimo generaría desempleo, lo cual no sería el caso, ya que ese nuevo salario ($18), está dentro de la banda de fluctuación (entre $10 y $20), por lo que la cantidad demanda de trabajo sigue siendo igual a la cantidad ofrecida.

Seguramente que los aumentos al salario mínimo, en lo que va de la 4T, han dado como resultado un salario mínimo que se encuentra dentro de los límites de la banda de fluctuación, por lo que no han generado mayor desempleo. Al contrario, el desempleo ha bajado.

El que el salario mínimo y sus aumentos no hayan causado mayor desempleo nos indica que el mismo no es, desde el punto de vista de la teoría económica, un verdadero salario mínimo, impuesto por arriba del salario de equilibrio, sino el que se considera necesario para cumplir con lo establecido en el artículo 123 constitucional. Continuará.

III.

El concepto salario mínimo debe entenderse de dos maneras: la de la política económica y la de la política social.

Desde la perspectiva de la política económica el mínimo es un salario impuesto por el gobierno por arriba del salario de equilibrio, por arriba del límite superior de la banda de fluctuación del mismo, que aumenta la oferta de trabajo de parte de los trabajadores y reduce su demanda de parte de los empleadores, perjudicando a los trabajadores que, dispuestos a trabajar por ese salario, no encuentran empleo.

Desde la perspectiva de la política social el mínimo es un salario que se considera suficiente para que, como lo dice al artículo 123 constitucional, el trabajador y su familia satisfagan sus necesidades normales en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de los hijos, salario mínimo que bien puede estar dentro de los límites de la banda de fluctuación, por lo que su imposición y aumentos, mientras se mantengan dentro de los límites de la banda, no generan desempleo, salario mínimo que, también, puede no ser suficiente para lograr lo que, según el 123 constitucional, debe lograr, tal y como sucede en México: con un salario mínimo diario de 312.41 pesos no pueden satisfacerse las necesidades normales del trabajador y su familia. En junio pasado, según datos del INEGI, el 34.7 por ciento de la población ocupada, uno de cada tres, percibió hasta un salario mínimo.

Lo que dice el artículo 123 constitucional es que al trabajador debe pagársele según sus necesidades, lo cual es deseable pero imposible. Ojalá a cada uno pudiera pagársele según sus necesidades. Se acabaría con la pobreza. Pero, si fuera posible, y se nos pagara según nuestras necesidades, y no nuestro trabajo, ¿para qué seguir trabajando? Lo que afirma el 123 constitucional es un despropósito, no porque la intención sea mala, sino porque en la práctica resulta imposible y, si fuera posible, resultaría contraproducente porque, si a cada quien se le pagara según sus necesidades, cada cual dejaría de trabajar, dejarían de producirse bienes y servicios, de generarse ingresos, con todas las consecuencias, fácilmente imaginables, que ello traería consigo.

Supongamos que el gobierno decide que ya es hora de que a todos se les pague según sus necesidades, y que para hacerlo recurre, por medio del banco central, a la producción de dinero, dándole a cada quien la cantidad que cada cual considera suficiente para satisfacer sus necesidades. ¿Quién seguiría trabajando? ¿Quién seguiría produciendo bienes y servicios? Nadie, con todas las consecuencias, fácilmente imaginables, que ello ocasionaría.

¿De dónde sale la idea de pagarle al trabajador según sus necesidades? No lo sé, pero probablemente de la afirmación de Marx y Engels de que, en el comunismo, cada quien aportaría según su capacidad y recibiría según su necesidad, lo cual no funciona porque, si me van a dar según mi necesidad, para que aporto según mi capacidad. Y si voluntariamente no aporto, entonces tienen que obligarme a hacerlo. Por donde se le vea el comunismo desemboca en la violación de derechos.

El caso es que, en México, el salario mínimo dista mucho de cumplir con lo que, según el artículo 123 constitucional, debe cumplir. Y seguirá distando.

Arturo Damm Arnal, economista y Doctor en filosofía, periodista y profesor universitario. Publica regularmente en La Razón y participa constantemente en los programas de TV Azteca.

Twitter: @ArturoDammArnal.



Por Víctor H. Becerra

Presidente de México Libertario y del Partido Libertario Mx. Presidente de la Alianza Libertaria de Iberoamérica. Estudió comunicación política (ITAM). Escribe regularmente en Panampost en español, El Cato y L'Opinione delle Libertà entre otros medios.

Un comentario en «Salario Mínimo, por el Dr. Arturo Damm»
  1. Buena tarde. Yo que no soy economista, opino que este artículo es interesante y útil para tener una pespectiva sobre la influencia del salario mínimo, la teoría y sis repercusiones. Me gustaría saber en la práctica, ¿cómo se deterimina o calcula la banda de fluctuación?, y ¿se tienen algunas proyecciones sobre los efectos del nearshoring en el empleo y su relación con la demanda de electricidad?Gracias

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