Ayer platicaba con alguien sobre la importancia del matrimonio y de sus diversas derivaciones. Al respecto, uno de los temas que tocamos fue el relativo a sus aspectos legales y cómo es importante que el estado haga valer los contratos entre individuos adultos, los cuales hayan suscrito para decidir sobre su vida en común, tal como lo es el contrato del matrimonio.

Analizábamos entonces las maneras en las cuales se puede desarrollar tal contrato: si quieres compartir todo tu valor pasado producido (tu propiedad privada) o hasta qué porcentaje decides compartir tales posesiones y riquezas, según tu decisión individual. Consideramos también que el otro individuo que participa en el contrato (matrimonio), también tiene un derecho equivalente a decidir el porcentaje a compartir legalmente con su pareja.

Todo el ejemplo anterior es, al final, una demostración de la defensa de los derechos del individuo, bajo la forma de un contrato. Así, en el contrato de matrimonio vemos defendida tu vida, tu libertad y tu propiedad privada. Vemos intrínsecamente que al escoger con quién quieres celebrar el contrato de matrimonio, es porque tienes el derecho a decidir y auto-sustentar tu vida como creas que es la manera más moral y justa de lograrlo, sin afectar los derechos de los demás.

A este respecto, no sólo hacemos uso de nuestra capacidad de estar vivo, sino que también hacemos uso del derecho de vivir y buscar la manera de ser felices y florecer como un fin en sí mismo, esto porque el individuo en su libertad y fuera de la coacción de terceros, es el único que tiene el derecho de decidir cómo es que quiere materializar su felicidad, con quién y cómo.

No olvidemos que el amor en una relación de respeto y de intercambio del individuo con las virtudes y los valores de otro individuo; es la manera más satisfactoria y maravillosa para muchos de lograr la felicidad; no la felicidad momentánea y emocionalmente pasajera, sino la felicidad estable, plena y de largo plazo. Claro, y aquí entra de nuevo nuestro tema: siempre y cuando se haya elaborado un buen acuerdo en el contrato al que aludimos, con la persona adecuada, la que tiene aquellos valores que uno busca y es aquella persona que entiende la importancia de respetar los derechos, los de uno mismo y los de terceros. Así, es más bonito florecer mientras amas a tu compañera o compañero de vida, con base en el respeto, el acuerdo voluntario y el libre intercambio.

En el mismo ejemplo vemos también hecho valer el derecho a la propiedad privada. Al momento de poder decidir cuánto de tus bienes, riqueza material y propiedades quieres compartir con el individuo con quien celebras el contrato de matrimonio, es cuando sabes que esto involucra no solo un juramento de respetar los derechos del tercero, sino que también habrá un árbitro que valorará y moderará los posibles conflictos entre los contrayentes, con base en el imperio de la ley moral. Ley moral que está sustentada en aceptar la naturaleza misma del individuo, reconociendo que: actuamos buscando nuestro propio beneficio, nuestra seguridad y nuestra mejora continua, materializados en proyectos de vida y desarrollo en sociedad.

Al margen, es importante advertir de la importancia de que haya un garante que cumpla y haga respetar las decisiones individuales involucradas en el contrato, de modo que proteja mis derechos de propiedad y que nadie meta las manos en el X por ciento que decidí no compartir en los acuerdos y cláusulas del contrato matrimonial.

La libertad, finalmente, está claramente reflejada también en el mismo contrato. Al respecto, libertad es poder actuar usando la propia razón y la decisión moral individual sin ser coaccionado o esclavizado por otros, a fin de no pasar de ser un fin en ti mismo a ser un ser sacrificable por los intereses de alguien más o de toda una sociedad que piden que se te prohíba actuar sobre tu propio criterio de valor. Así, el contrato es esa libertad plasmada en la decisión individual e independiente de realizar un contrato de matrimonio con todas su cláusulas y términos de violaciones claros y bien establecidos.

Ciertamente hay personas que en tal contrato, agregan también rituales místicos para pedir permiso a seres sobrenaturales o energías que se hospedan en la “anti-naturaleza”. Sin embargo, éste es su derecho y es su decisión individual, que si bien se basan en éticas primitivas y valoraciones personales sustentadas en fe y misticismos, no olvidemos que las personas son libres de practicar cualquier ritual que les guste y se acople más a su visión de la realidad. Pero eso es un agregado o una sustitución de la ley del Hombre por leyes antinaturales y místicas.

Sin embargo ambas visiones pueden convivir en sociedad. Al final de cuentas, al no haber celebrado con otro un contrato legítimo y claro de matrimonio, o basado en jueces místicos antinaturales, esto hará que el mismo individuo sea el único que pague las consecuencias cuando uno de los dos intente aprovecharse de su bondad en una relación.

A este respecto, conozco cientos de desafortunados casos donde las personas dejaron todo su contrato a juramentos místicos y a leyes antinaturales de dioses únicamente, y en vez de hacer de su unión una experiencia angelical, terminan convirtiéndola en un infierno cuando ambos intentan jalar de la misma cuerda y aprovecharse del otro. Al final, uno saldrá perdiendo. O ambos a la vez.

En contraste, en un contrato legítimo, ambos se tienen que ver beneficiados al saber que su decisión será defendida por una ley suprema moral del hombre en sociedad.

En resumen, esto es como yo defino y doy validez en el concepto “contrato de matrimonio”, o lo que comúnmente llamamos matrimonio.

Adicionalmente, como bien sabemos, un contrato no diferencia entre mujeres y hombres. Un contrato se puede celebrar por cualquier persona interesada en intercambiar bienes o servicios, o inclusive una vida entera o parcial (precisamente lo que es un contrato de matrimonio). Así mismo, un contrato de matrimonio, fuera de todo misticismo o colectivismos morales que roban los conceptos y se aferran a acomodarlos a su discurso, puede ser también el contrato de matrimonio entre hombre y hombre, o de mujer con mujer, o de hombre y mujer, y esto creo que aplica sin diferenciación alguna.

En lo tocante a esto, hace unos días, mientras estaba en una de mis redes sociales, alguien me hizo un comentario que me pareció, más que una argumentación, un grito desesperado por mostrar su odio hacia el contrato de matrimonio libre de coacción social o estatal. Su argumento se basada en que “solamente se puede celebrar el matrimonio entre hombres y mujeres (unión heterosexual), pero no así para decisiones libres de asociación homo-parental (contratos de matrimonio entre personas del mismo sexo)”. Mi pregunta fue, inmediatamente: ¿Por qué no se puede? ¿Y qué tiene que ver que sea un contrato homo-parental para buscar que no sea validado legalmente? ¿Qué lo haría ilegal? Y su respuesta fue: “Porque la única familia que puede existir es la familia tradicional”, claro: familia tradicional tal como su doctrina de fe la define, y en cuya definición no hay cabida para la unión homo-parental.

Unos días antes platicaba con un gran intelectual a quien considero un maestro y un ejemplo de individuo como fin en sí mismo, que busca su libertad y por tanto su florecimiento continuo, y a quien me atrevo a llamarle amigo “Stephen Boydstun”. Y decidí pedirle su opinión sobre el concepto “familia tradicional” y con permiso de él, esta fue su respuesta, la que me permitió usar para el presente ensayo:

“Implícitamente las familias, ya sean tradicionales o no tradicionales, están protegidas por los derechos individuales. Durante la esclavitud en EE.UU., los dueños de esclavos podían separar a las personas esclavizadas de sus familias, y a menudo lo hicieron vendiéndolas y enviándolas a lugares lejanos, ya que no había protección para que esas familias permanecieran juntas. Es un hecho curioso que entre los nativos americanos que eran dueños de esclavos en el sureste estadounidense, en el Camino de Lágrimas hacia Territorio Indio, que ahora es Oklahoma, muchos trajeron a sus esclavos con ellos, junto con el prejuicio racial contra los negros que habían aprendido en el Sur supremacista. Lo curioso es que estos esclavistas en Territorio Indio no separaban a los miembros de las familias esclavizadas.

Soy descendiente de una de esas tribus del Camino de Lágrimas, los Choctaw, así como de la gente blanca que se asentó en MD, VA y sus alrededores en los años 1600s y cuyos descendientes emigraron hacia el Oeste, y que generaciones más tarde eventualmente se asentaron en territorio indio, donde fraternizaron con las hermosas mujeres Choctaw. Teníamos la posibilidad de casarnos por la Ley Comunal así como por los estatutos de Oklahoma. Así, si una pareja vivía junta durante un año, se consideraban casados ante los ojos de la ley (para herencias, etc.).

Mi familia actual no es tradicional porque mi compañero de vida, que es mi esposo, y yo, somos del mismo sexo. Soy parte de su familia ampliada, y todos nos amamos. Él era hijo único, y en su lecho de muerte, su madre me dijo “tú eres mi segundo hijo”. La primera pareja de mi esposo fue una mujer. Estuvieron casados y tuvieron dos hijos, dos varones. Ella y mi esposo estuvieron casados durante diez años y se separaron 14 años antes de que yo lo conociera. Los dos hijos son adultos y tienen parejas a largo plazo (mujeres). El hijo mayor estuvo casado unos años y tuvieron un hijo. Ahora él está en edad universitaria y es un hombre heterosexual. Lo conozco desde que nació, y él siempre nos ha conocido a mí y a su abuelo como “Granpa Walter” y “Granpa Stephen”.

Walter y yo somos mayores y hemos visto y ayudado a provocar la revolución cultural en EE.UU. que eventualmente resultó en que la homosexualidad quedara despenalizada en todo el país (2003), y más tarde (2015) ganamos el derecho de formar un matrimonio homosexual. A este respecto, una forma en que la ley protege a las familias es a través de los derechos de propiedad individual, el poder de cualquier individuo de poseer una cuenta bancaria en común, o una casa o un automóvil en común. Y disfrutamos de esas protecciones incluso cuando algunos estados estaban ilegalizando nuestras actividades en el dormitorio y escribiendo en sus leyes y constituciones estatales que los matrimonios y uniones civiles de personas del mismo sexo quedarían prohibidos en esos estados. La cultura los ha arrollado a ellos y a sus viejos fanatismos y, a largo plazo, serán solo un odio reaccionario barrido y echado al basurero de la historia.”

Así fue como su respuesta vino a reforzar mi posición en to tocante al CONTRATO DE MATRIMONIO y sus aplicaciones e implicaciones en los individuos libres o no libres.

Creo que el tema de la “familias tradicionales” pierde cualquier lógica para querer normar la vida de las personas, o sobre cómo cada quien decide que quiere celebrar sus contratos, con quién quiere hacerlo y sobre la toma de decisiones y validación de sus derechos en cuanto a individuo (derecho positivo).

En un análisis de criterio de viabilidad, una ley suprema normativa basada en limitar las acciones de los individuos a una ley moral, debería (si queremos ser racionales) definir bien y dejar bien claro qué es lo que A puede hacer con respecto a B y lo que B puede hacer con respecto a A, para así, saber cuáles son los límites en el actuar del individuo en la sociedad. Pero para ello, no encuentro en ninguna parte, ningún punto lógico o real, que me demuestre que en esta libertad de decidir con quien intercambiar tu vida y lo que en ella se haya generado (propiedades), mediante contratos de matrimonio, deba importar que aquellos individuos sean de algún sexo específico o no.

Creo que la única manera de poder entender estos temas y respetar las libertades de los demás, es aceptando que todos valemos por ser un fin en nosotros mismos y por el hecho de tener derechos de propiedad, vida y libertad, no por tener un sexo en específico o por que así lo digan escritos decadentes y místicos: es solo por el simple hecho de ser individuos, la minoría más pequeña, y reconocer el principio básico que dice que: todos respondemos a la naturaleza de actuar para la búsqueda de nuestro propio beneficio y que nadie debe de coaccionar a nadie en su esfuerzo por autosustentar nuestras vida, siempre y cuando mis acciones no violen el mismo principio aplicado a otros, a una sociedad: si lo hiciera, no podría exigir un principio (derechos) cuando mis actos lo han repudiado.

Para mí es claro que el modelo de “familia” (no el concepto, sino los modelos que se vinculan a tal concepto), varía dependiendo de la moral de cada quien y no podemos hablar de un estándar universal sobre cómo debe constituirse una familia.

Yo recuerdo la trágica historia de unos primos cuyos padres murieron desgraciadamente en un accidente automovilístico. Ellos quedaron sin padre ni madre, lo que limitó que tuvieran una familia que pudiera transmitirles excelentes valores y principios y que crecieran con todo el amor que en una familia se puede generar. La responsabilidad de crear y dar valor al concepto familia se quedó en manos de la hermana de su mamá (qué acababa de perder la vida).

Sería poco humano pensar que ellos al perder a sus padres, ya no tienen derecho a formar una familia nueva con los integrantes de aquella otra familia que queda a nuestro alrededor y ponerla como el modelo más perfecto que les pudo haber tocado a falta del modelo de “familia tradicional”.

También conozco familiares donde los abuelos pasan ser la parte más importante en el desarrollo, educación y superación de los nietos, ya que los padres evaden la responsabilidad de educar con base en buenos valores y principios, y terminan siendo protegidos y amados por aquellos que no son sus padres biológicos.

Hay otro caso de un chico cuyo padre era un drogadicto, saqueador, ladrón, mafioso y la mamá no era un mejor ejemplo para él. El papá murió incendiado por su propio cigarro y el niño, junto con sus hermanos, se quedó solo, ya que la mamá decidió simplemente dejarlos e irse. Poco después me enteré de que un vecino, con excelente reputación, la economía necesaria, la necesidad de un hijo (ya que no puede procrear de manera natural) y un gran corazón, había decidido adoptar a uno de ellos. Ahora me da gusto ver pasar a ese niño con su uniforme escolar bien lavado, bien planchado y con una mochila bonita que lo hace caminar erguido y orgulloso de seguir con vida. El niño tiene una mucho mejor vida, desgraciadamente esto pasó hasta que las circunstancias dejaron a estos niños a la deriva.

Sin importar que estos niños no tienen a su papá y no saben qué fue de su mamá, en cambio saben y se sientes felices de saber que tienen el amor de una familia que se preocupa por ellos, por mantener su pancita llena y por tener un lugar caliente donde dormir. Me gustaría que quienes niegan la existencia de familias que no sean las que definen como “tradicionales”, vengan a decirles a esos niños que esa no es su familia y que no tiene derecho a llamarle familia.

También conozco familias en donde hay padres del mismo sexo o mujeres del mismo sexo que ofrecen una educación inigualable para sus hijos, y sus hijos desarrollan las capacidades necesarias para poder auto-sustentarse y ser felices, decidiendo cómo quieren vivir su felicidad y llevar adelante su florecimiento. Y no solo eso, sino que son un ejemplo a seguir para otros chicos por su buena y pulcra educación, pero esa buena y pulcra educación también puede ser ofrecida por abuelos, tíos, vecinos o personas del mismo sexo que se amen entre sí y que se consideren familia.

En ninguno de los casos mencionados, vemos que haya características biológicas que determinen un estándar de lo que puede o no ser considerado como “familia”.

Así, creo que el estado únicamente tiene que encargase por defender tu derecho a la propiedad privada, a la vida y la libertad y con ello, HACER VALER LOS CONTRATOS ENTRE PRIVADOS, entre individuos libres para tomar decisiones sobre sus propiedades. De modo que, y reitero, el MATRIMONIO bajo la ley moral del hombre, es un contrato más que debe de ser defendido sin importar la moral de algunos, que buscan llevarlo a lo colectivo usando la peor y más primitiva estrategia de control social: el misticismo religioso impuesto por ley y la fuerza estatal.

Twitter: @Ro_brioneshdz

Por Víctor H. Becerra

Presidente de México Libertario y del Partido Libertario Mx. Comunicación política (ITAM). Escribe regularmente en Panampost en español, El Cato y Asuntos Capitales entre otros medios.

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