Presento al autor Stephan Kinsella, un abogado de patentes y profundo opositor del concepto de propiedad intelectual, para traerles a ustedes la idea de que la propiedad intelectual ni es propiedad, ni ayuda sino que entorpece el desarrollo humano. Publicado como parte del simposio “Applications of Libertarian Legal Theory” y luego en el “Journal of Libertarian Studies” en la primavera de 2001.

Argumentos Principales
Crítica a la Propiedad Intelectual: Kinsella argumenta que los derechos de autor y las patentes no deben formar parte del código de ley libertaria. Corrección de Principios Libertarios: El libro uniformiza y corrige los principios libertarios sobre propiedad intelectual, ajustando las ideas de Locke, Rothbard y Rand.

Aspectos Legales y Económicos
Impacto en la Innovación: La propiedad intelectual (PI) puede ser tanto un estímulo como un obstáculo para la innovación y el desarrollo tecnológico. Por un lado, la PI protege las invenciones y creaciones, proporcionando un incentivo económico para la innovación al otorgar a los creadores derechos exclusivos temporales sobre su uso y explotación. Sin embargo, estos mismos derechos pueden convertirse en barreras cuando se utilizan para frenar la competencia o generar litigios, lo que puede desalentar la innovación y el avance tecnológico.


En cuanto a los fundamentos filosóficos de la PI, existen dos enfoques principales: el derecho natural y el utilitarismo.

Derecho Natural
El derecho natural sostiene que los derechos de propiedad, incluida la PI, son inherentes y derivados de la naturaleza humana. Según esta perspectiva, la propiedad intelectual es una extensión del trabajo y la personalidad del individuo, y por lo tanto, merece protección como cualquier otra propiedad. Los defensores del derecho natural argumentan que la PI es un derecho humano que surge del esfuerzo intelectual individual y la creatividad, y que protegerla es reconocer y respetar la dignidad y libertad del creador.

Utilitarismo
Por otro lado, el utilitarismo ve la PI desde una perspectiva pragmática y orientada a resultados. Esta teoría argumenta que los derechos de PI deben diseñarse de manera que maximicen el bienestar general, promoviendo el progreso de la ciencia y las artes útiles. Los utilitaristas abogan por un equilibrio entre los derechos de los creadores y el acceso público a las obras, argumentando que los derechos de PI deben limitarse en el tiempo para evitar monopolios que puedan obstaculizar la innovación y el acceso al conocimiento.

Ambos enfoques tienen sus méritos y desafíos. El derecho natural enfatiza la importancia de reconocer el esfuerzo individual, mientras que el utilitarismo se centra en el impacto colectivo y el progreso social. En la práctica, los sistemas de PI buscan un equilibrio entre estos dos enfoques, protegiendo los derechos de los creadores mientras se aseguran de que la sociedad en su conjunto se beneficie de las innovaciones y el conocimiento generado.

Casos y Ejemplos
Profundización en los argumentos presentados por Kinsella.

Escasez Artificial
Kinsella argumenta que al reconocer un derecho sobre un objeto ideal (como una idea o una expresión artística), se crea escasez donde antes no existía.

Violación de Derechos de Propiedad Material
Según Kinsella, los derechos de propiedad intelectual pueden resultar en derechos parciales de propiedad sobre bienes tangibles que pertenecen a otros, lo cual es una violación inadmisible del derecho de propiedad.

Inseguridad Jurídica
La propiedad intelectual, por su naturaleza menos concreta y visible, puede generar inseguridad y conflictos legales.

Conclusión
Stephan Kinsella, en su obra “Contra la Propiedad Intelectual”, sostiene que una sociedad libertaria debe fomentar el libre intercambio de ideas y conocimientos. Argumenta que la propiedad intelectual (PI) es una construcción legal impuesta por el estado que no representa una verdadera propiedad. En lugar de promover la innovación y el desarrollo, la PI puede crear monopolios artificiales y restricciones que limitan la difusión del conocimiento y la creatividad.

Kinsella aboga por un mercado completamente libre, donde la ausencia de derechos de propiedad intelectual no generaría nada parecido a lo que hoy conocemos como PI. Según su visión, la PI es realmente una convención legal impuesta por el estado, no una extensión de la propiedad real. Esta perspectiva se alinea con la filosofía libertaria de minimizar la intervención estatal y maximizar la libertad individual y el intercambio voluntario.

En resumen, Kinsella cree que las leyes de propiedad intelectual restringen innecesariamente el flujo de ideas y conocimientos, lo cual es contrario a los principios de una sociedad libertaria que valora la libertad individual y el progreso colectivo.

Mario Alberto Moreno, libertario mexicano, miembro del Partido LibertarioMx, articulista especializado en Relaciones Internacionales, diseñador gráfico, radica en el norte del país.

Twitter: @merallak2

Por Víctor H. Becerra

Presidente de México Libertario y del Partido Libertario Mx. Presidente de la Alianza Libertaria de Iberoamérica. Estudió comunicación política (ITAM). Escribe regularmente en Panampost en español, El Cato y L'Opinione delle Libertà entre otros medios.

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